Infórmate

PUBLICADAS RESOLUCIONES CONVOCATORIA LIBROS DE TEXTO Y COMEDOR ESCOLAR CURSO 2020-21 E INICIO DE PLAZO EXTRAORDINARIO

Martes, 1 Septiembre, 2020 hasta el Miércoles, 30 Junio, 2021

Con fecha 1 de septiembre se ha publicado la Segunda Resolución Parcial ayudas de libros de texto y comedor escolar concedidas de oficio curso 2020/2021 y la Propuesta de Resolución Provisional de solicitudes concedidas y denegadas solicitudes presentadas curso 2020/2021 convocatoria libros de texto y comedor escolar al amparo del decreto 20/2018 de 10 de abril y el decreto 30/2020 de 30 de junio.

 

Las familias deben realizar el seguimiento del estado de la solicitud en la plataforma PAPÁS (https://papas.educa.jccm.es/papas/), con la clave que utilizaron para presentar la solicitud, en: “CÓMO VAN MIS TRÁMITES” seleccionar la última solicitud registrada, y se elige la opción “Datos de la solicitud”. En el caso de las solicitudes renovadas de oficio se les también lo pueden consultar seleccionando la solicitud que tiene curso 2020/2021. 

 

También se han publicado los listados correspondientes a cada resolución en la Sede electrónica y en el siguiente enlace del portal de educación:

 

Enlace en el portal:

 

http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/servicios-educativos/convocatoria-ayudas-comedores-escolares-libros-texto-curso

 

 

Si acceden al portal van a ver 3 resoluciones:

 

La Primera Resolución Parcial de solicitudes de ayudas de libros concedidas de oficio al alumnado matriculado en 1º y 2º de educación primaria en el curso 2020/2021contiene las solicitudes concedidas al amparo de la base 1ª punto 1.a del decreto 30/2020.

 

 

La Segunda Resolución Parcial ayudas de libros de texto y comedor escolar concedidas de oficio curso 2020/2021, contiene las solicitudes concedidas al amparo de la base 1ª punto 1.a y 2. a del Decreto 30/2020..Esta resolución complementa a  la primera.

 

La Propuesta de Resolución Provisional de solicitudes concedidas y denegadas solicitudes presentadas para el curso 2020/2021.

 

Los solicitantes incluidos en la primera y segunda resolución parcial al tratarse de resoluciones definitivas no pueden presentar reclamación, tienen que presentar recurso en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria.

 

Los beneficiarios de las ayudas concedidas de oficio que han cambiado su situación socioeconómicas y quieren solicitar que se les valore el cambio de tramo II a tramo I, tienen que solicitarlo a partir del día 16 de septiembre, mediante la presentación documentación adicional que acredite esta nueva situación.

 

En caso de los solicitantes incluidos en la  Resolución Provisional de solicitudes concedidas y denegadas, pueden presentar reclamación de forma telemática eligiendo la opción “Presentar reclamación” través de la plataforma educativa Papás 2.0 (https://papas.jccm.es), desde el 2 hasta el 15 de septiembre ambos incluidos según el procedimiento establecido e indicado en el manual de usuario de “Presentar Reclamaciones” en Papás (adjuntado). La documentación no se admite en papel o adjuntada a correos electrónicos.

 

SÓLO Y EXCEPCIONALMENTE,  en el caso de las solicitudes que no se pudieron hacer a través de Papás y se grabaron directamente en Delphos, las reclamaciones y documentación acreditativa se podrán presentar en papel, una vez publicada la Resolución Provisional, en cualquier Oficina de Información y Registro (OIR) de la Administración Regional dirigidas a la Dirección Provincial correspondiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

En el caso de las denegaciones por falta de acreditación de renta, los solicitantes siempre deben adjuntar a la reclamación la documentación acreditativa (del ejercicio económico 2018) indicada en apartado cuarto sobre “Acreditación y comprobación de los requisitos” artículo 19 del Decreto 20/2018  que regula la convocatoria.

PLAZO EXTRAORDINARIO:

A partir  de hoy 1 de septiembre y durante todo el curso escolar se abre el período extraordinario de presentación de solicitudes al amparo de la disposición adicional segunda del decreto 20/2018 de 10 de abril.

 

Las solicitudes se presentarán a través de Papas para los casos indicados en dicha disposición:

 

-       A) El alumnado que se matricule en enseñanzas de educación infantil, segundo ciclo, educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de Castilla-La Mancha, ya sea por traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los padres, madres o tutores legales, o a un cambio de residencia derivado de actos de violencia de género u otra razón debidamente justificada, podrá solicitar la ayuda en el plazo 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la matriculación en el centro educativo.

 

-       B) El alumnado que por circunstancias sobrevenidas o por motivos debidamente justificados, experimenten una modificación en la situación económica o familiar del alumno que determine la concurrencia en un supuesto de emergencia social o económica desfavorecida, en este caso deberán acreditar la situación actual.

-       C) El alumnado que por diversa casuística no ha llegado a presentar solicitud o quedó en borrador en el periodo ordinario, puede presentarla en el periodo extraordinario, justificando la razón por la que no lo ha hecho en el período ordinario mediante documentación acreditativa, declaración responsable, etc.

 

Si no hay presentada solicitud en período ordinario para formalizar por primera vez la solicitud, el padre, madre o tutor/a debe acceder a Papas mediante sus claves y desde “Secretaria virtual” >Tramitación por internet > Enviar solicitud > seleccionar el trámite “Solicitud de ayuda de libros y comedores escolares. Curso 2020/2021”, y seleccionar al alumno para el que se quiera hacer la solicitud. (Es el mismo formato y procedimiento establecido en el período ordinario).

 

Si ya existe una solicitud presentada en el período ordinario tiene que acceder a Mis trámites > Mis solicitudes, y sobre la solicitud ya presentada “Seleccionar” en el menú emergente la opción de “Presentar Documentación adicional”, y cumplimentar el formulario que se le mostrará y adjuntando la documentación acreditativa en formato pdf.( para no hacer coincidir el plazo de reclamaciones con la presentación de documentación adicional se va a retrasar la apertura del mismo hasta el 16 de septiembre)

 

Se le adjunta guía para el nuevo procedimiento de “Presentar Documentación adicional”. En el Portal de Educación se encuentra disponible la guía para la cumplimentar la solicitud (la misma que en el periodo ordinario).

Si no se puede formalizar la presentación en Papas por problemas técnicos, o si los solicitantes tienen pasaporte les tienen que entregar la solicitud de presentación para las nuevas solicitudes o el documento ”Período Extraordinario” (ambos adjuntados) para formalizar la presentación en papel.